CRE admite cambio en orientación de la política pública energética

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) admitió que se ha modificado la orientación de la política pública en materia energética del país y más que incentivar la competencia tiene el objetivo explícito de recuperar la soberanía energética nacional.

Así lo expuso en el nuevo Plan Estratégico 2020-2022 que publicó el fin de semana, donde asegura que “el cambio en la orientación de la Política Pública en Materia Energética de la presente administración con objetivo de recuperar la soberanía energética, incrementar la producción nacional de hidrocarburos y posicionar al sector energético como una palanca del desarrollo nacional en beneficio de la población, hizo necesario una revisión y la elaboración del Plan Estratégico 2020-2022, para asegurar que la planeación institucional se alinee a las nuevas directrices planteadas por el ejecutivo federal a través de la política energética”.

En el documento, el regulador se impone objetivos estratégicos como una gestión eficiente de procesos, para consolidar y mantener estándares de excelencia institucional; además de regulación para propiciar un mercado energético eficiente; confianza y certeza en los mercados mediante un entorno regulatorio con certeza jurídica; confiabilidad, estabilidad y seguridad en el suministro de energéticos; cobertura nacional de productos y servicios energéticos, y cumplimiento de la regulación.

Para ello, establece líneas de acción que se deberán cumplir al interior de la institución. Además, propone indicadores para medir su desempeño.

Lo anterior, luego de que por unanimidad de votos, el órgano de gobierno del regulador acordó dos días antes eliminar la asimetría con la que se trataba a Petróleos Mexicanos (Pemex) desde el 2017 en el mercado del gas natural, devolviéndole la posibilidad de vender primero a sus subsidiarias y después a competidores, además de que los contratos de venta podrán ser del plazo que convenga a la estatal y no deberá publicar ni los contratos firmados ni las transacciones celebradas para agilizar el mercado.

Tal como lo aprobó en su más reciente sesión ordinaria, dejó sin efectos el acuerdo A/36/2017 por el que se determinan los criterios que deberá observar Petróleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias o divisiones para la publicación de los precios de gas natural, como parte de la regulación asimétrica del 13 transitorio de la Ley de Hidrocarburos de la reforma energética.

Fuente: El economista

Fecha del articulo: 26/08/2020